El profesional deberá Concurrir PERSONALMENTE a la sede del Consejo (República 754), para firmar la documentación (formularios, fichas de firma, etc.) y para tomar los datos biométricos.
Para agilizar el tramite rogamos completar previamente el Formulario de Inscripción adjunto en el siguiente botón.
Matriculación para sociedades de profesionales
- SOLICITUD CON FIRMA DE SOCIO o REPRESENTANTE LEGAL (si este ultimo no es socio de la sociedad, debe ser un profesional en Ciencias Económicas matriculado en este Consejo)
- Copia certificada del CONTRATO SOCIAL
- CONSTANCIA de inscripción en A.F.I.PObservación: Las personas (socios o no) que representen a la sociedad ante este Consejo, deben estar matriculados (por lo tanto, deben cumplir lo detallado en el punto 2)
Derecho de Inscripcion en la Matricula
a) Los profesionales con no más de seis (6) meses de transcurrida la fecha de egreso, estarán exentos del pago del Derecho de Inscripción en la Matricula.
Añadido:b) Los Profesionales con una antigüedad mayor de seis (6) meses y hasta 1 año de la fecha de egreso, deberán abonar $ 1.300,00 en concepto de Derecho de Inscripción en la Matricula.
Añadido:c) Los Profesionales con más de 1 año y hasta 2 años de transcurrida la fecha de egreso deberán abonar $ 2.400,00 en concepto de Derecho de Inscripción en la Matrícula.
Añadido:d) Los profesionales con más de 2 años de transcurrida la fecha de egreso deberán abonar $ 4.800,00 en concepto de Derecho de Inscripción en la Matrícula.
Añadido:e) Los Profesionales que se matriculen en más de un título que se encuentren regulados por la Ley Nº 3.599, no abonarán Matrícula ni Derecho de Ejercicio Profesional adicional, siempre que se encuentren al día en su matrícula original, al momento de solicitar la nueva matriculación.
Añadido:f) Las Sociedades de Profesionales, deberán abonar $7.300,00 en concepto de Derecho de Inscripción en la Matrícula.
Añadido:g) Las Sociedades de Profesionales, no abonarán Derecho de Inscripción, cuando todos sus integrantes estén matriculados y registrados en este Consejo, cumplimentando los requisitos establecidos en el Reglamento de Matriculación.
Añadido:h) La inscripción de profesionales matriculados en otra jurisdicción Los profesionales que el otorgamiento de la matricula será otorgado previo informe de otros consejos donde se encuentre matriculado.
Para Profesionales dados de baja en la Matricula por mora en el Derecho de Ejercicio Profesional:
1° Reinscripción: 24 meses de DEP correspondiente al último tramo
2° Reinscripción: 36 meses de DEP correspondiente al último tramo
A partir de la tercera reinscripción y sucesivas, se duplicará el valor fijado para la segunda reinscripción.